Introducción a la importancia del Análisis Económico del Derecho como herramienta de estudio. Fundamentalmente a partir de la década de 1960, con los trabajos de Ronald Coase (especialmente: “The Problem of the Social Cost”, Journal of Law and Economics, 1960, nº 3, p. 1-44), en varias universidades de los Estados Unidos se comenzó a intensificar el estudio de derecho desde la perspectiva del análisis económico, que con el tiempo se fue extendiendo a todas las áreas jurídicas. Esta tradición de estudiar el derecho con las herramientas de la teoría económica tuvo su desarrollo fundamental en el mundo anglosajón, pero desde hace algunas décadas también se ha comenzado a verificar en los países que siguen la tradición jurídica continental europea, como son la mayoría de los de América Latina. La importancia esencial de los trabajos de análisis económico del derecho comenzó a vislumbrarse cuando se advirtió que el proceso de mercado es un mecanismo costoso, donde no siempre se pueden adoptar todas las decisiones que a priori aparecen como más eficientes. Toda transacción tiene un costo para quien la realiza –integrado por tiempo e información- que es independiente de sus propios propósitos, y cuanto más compleja es una relación, mayores serán esos costos de transacción. Dadas estas premisas, el orden jurídico aparece como una institución mediadora para reemplazar a los individuos y al proceso de mercado en aquellas funciones en que los costos serían imposibles de absorber en un contexto de intercambio puro. De estas consideraciones pueden extraerse, siguiendo las ideas de Coase, dos conclusiones:
1. Existiendo costos de transacción, no es indiferente al orden jurídico la búsqueda del óptimo económico. Entonces, hay normas más eficientes que otras, según permitan comportamientos más aproximados con ese óptimo.
2. Las instituciones jurídicas tienen un fundamento económico, que es el de abaratar los costos de transacción. Para ello, deberán definir los derechos de propiedad, dar seguridad a los contratos y establecer un sistema de responsabilidad civil extra-contractual.
Por otra parte, partiendo de la premisa de que los individuos tienen una conducta maximizadora de su utilidad -es decir, actúan persiguiendo finalidades propias y adecuan sus conducta a esos objetivos-, tanto el legislador como el juez no deben perder de vista esta circunstancia al momento de elaborar las reglas de derecho. Estas ideas significaron un cambio muy fuerte en el modo de examinar las normas jurídicas, y fundamentalmente su eficiencia para lograr los fines perseguidos con ellas. El propósito del curso es presentar a los abogados las herramientas básicas de la teoría económica, que ayuden al profesional a una serie de tareas que van, desde analizar instituciones jurídicas a elaborar estrategias forenses.
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